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S
P
A
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N
O
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Información sobre la Parte 15 de los
reglamentos de la FCC
Este aparato cumple con la Parte 15 de los reglamentos de
la FCC. Su funcionamiento está sujeto a las dos condiciones
siguientes: 1) Este equipo no puede ocasionar interferencia
perjudicial y 2) debe aceptar cualquier interferencia recibida,
aunque ésta pudiera causar un funcionamiento no deseado.
Su equipo ha sido probado y se comprobó que cumple
con los límites para los dispositivos digitales de Clase B,
en conformidad con la Parte 15 de los reglamentos de la
FCC. Se jaron estos límites para proveer una protección
razonable contra la interferencia perjudicial en las
instalaciones residenciales.
Este equipo genera, utiliza y puede irradiar energía de
radiofrecuencia. Si su instalación y uso no se realiza según
las instrucciones, puede producirse una interferencia
perjudicial en las comunicaciones de radio.
Sin embargo, no existen garantías de que no ocurrirán
interferencias en una instalación en particular; si este equipo
causara interferencia perjudicial en la recepción de radio o
televisión, lo cual se determinará apagando y encendiendo
el equipo, puede tratar de corregirla mediante uno de los
siguientes procedimientos:
1. Si puede hacerlo sin correr peligro, reoriente la antena
receptora de radio o televisión.
Conformidad con los reglamentos
XLC2