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Declaración de garantía limitada de HP – Español

Producto HP

Período de la garantía limitada

Hardware de la

R740 series: noventa días en EE. UU.; un año en el resto del mundo. Todas las

cámara y soporte

demás cámaras: un año.

de software

Los accesorios (productos y servicios para mejorar el uso de la cámara) que se

 

 

incluyen en la caja con la cámara tienen la misma garantía que ésta. Consulte

 

la información sobre la garantía del paquete de accesorios para los accesorios

 

adquiridos de forma separada.

 

 

A.Extensión de la garantía limitada

1.Hewlett-Packard (HP) garantiza al usuario final (el Cliente) que el producto HP descrito a continuación (el Producto) no presentará ningún defecto material ni de manufactura durante el período especificado con anterioridad. El período de garantía comienza el día en que el Cliente adquiere el producto.

2.En cada producto de software, la garantía limitada de HP se aplicará sólo en caso de que haya errores en la ejecución de las instrucciones de programación. HP no garantiza que el funcionamiento de sus productos sea ininterrumpido o no presente errores.

3.La garantía limitada de HP cubrirá sólo los defectos que surjan debido a un uso normal del Producto y no cubrirá ningún otro problema, incluidos los derivados de los casos siguientes:

a.Realizar un uso inadecuado, mantenimiento, almacenamiento, tratamiento o modificación del producto.

b.Deficiencias de cualquier consumible utilizado con el producto, como por ejemplo, fugas en la batería.

c.Utilizar software, soporte, piezas, accesorios, recambios o fuentes o adaptadores de alimentación no proporcionados por HP ni compatibles con el producto.

d.Permitir el funcionamiento u otras condiciones ajenas a las especificaciones del Producto.

4.En caso de que, durante el período de garantía aplicable, HP reciba aviso de la existencia de defectos en cualquier Producto, deberá reemplazar o reparar el producto defectuoso, a su propia discreción.

5.Si HP no pudiera reemplazar o reparar un Producto defectuoso cubierto por la garantía limitada de HP, puede proporcionar, dentro de un plazo de tiempo razonable después del aviso del defecto, un producto de funcionamiento similar o un reembolso del precio prorrateado en función del uso y otros factores apropiados.

6.HP no está obligado a reemplazar, reparar ni reembolsar ninguna cantidad hasta que el Cliente devuelva el producto defectuoso a HP y proporcione una prueba válida de la compra.

7.El producto de repuesto puede ser nuevo o seminuevo, siempre que disponga al menos de las mismas funciones que el producto sustituido.

8.El producto puede contener piezas, componentes o materiales manipulados equivalentes en funcionamiento al producto nuevo.

9.La garantía limitada de HP es válida en cualquier país o región donde HP cuente con recursos de asistencia técnica para el producto y donde HP haya comercializado el Producto. El nivel del servicio de garantía que se reciba podrá variar de acuerdo con las normas locales. En HP puede adquirir también servicios de ampliación de garantía, como la sustitución al día siguiente, el servicio a domicilio y la protección contra accidentes.

B.Limitaciones de la garantía

EN APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LOCAL VIGENTE, NI HP NI OTROS PROVEEDORES OFRECEN NINGUNA GARANTÍA O CONDICIÓN DE OTRO TIPO, BIEN EXPRESA O IMPLÍCITA, RESPECTO A UN PRODUCTO, Y RECHAZAN ESPECÍFICAMENTE CUALQUIER GARANTÍA IMPLÍCITA O CONDICIÓN DE COMERCIABILIDAD, CALIDAD SATISFACTORIA Y ADECUACIÓN A UN PROPÓSITO EN PARTICULAR.

C.Limitaciones de responsabilidad

1.En aplicación de la legislación local vigente, las soluciones proporcionadas en esta declaración de garantía limitada son soluciones individuales y exclusivas del Cliente.

2.EN APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LOCAL VIGENTE, NI HP NI OTROS PROVEEDORES SERÁN RESPONSABLES, EN NINGÚN CASO, EXCEPTO EN LOS QUE SE INDIQUEN EN LAS OBLIGACIONES ESTABLECIDAS DE FORMA EXPRESA EN ESTA DECLARACIÓN DE GARANTÍA LIMITADA, DE LOS DAÑOS DIRECTOS, INDIRECTOS, ESPECIALES, INCIDENTALES O CONSECUENTES, TANTO SI LA RESPONSABILIDAD TIENE UN ORIGEN CONTRACTUAL, POR OMISIÓN ILÍCITA, O DE CUALQUIER OTRO TIPO, COMO SI SE HUBIERA INFORMADO DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS.

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