iv
Aviso sobre la prohibición de realizar copias o reproducciones
Tenga en cuenta que el simple hecho de poseer material que haya sido copiado o reproducido digital-
mente por medio de un escáner, una cámara digital u otro aparato es susceptible de ser sancionado por
la ley.
• Artículos cuya copia o reproducción está pro-
hibida por la ley
No se pueden copiar ni reproducir billetes, mo-
nedas, valores, bonos del estado o bonos de
autoridades locales, ni aunque dichas copias
o reproducciones lleven estampada la palabra
“Copia”.
Está prohibida la copia o reproducción de billetes,
monedas o valores que estén en circulación en
otro país.
Salvo obtención de una autorización previa del
gobierno, está prohibida la copia o reproducción
de sellos o postales sin usar emitidos por la Ad-
ministración.
Está prohibida la copia o reproducción de sellos
emitidos por la Administración, así como de do-
cumentos legales certifi cados.
Limitaciones sobre cierto tipo de copias y
reproducciones
Las autoridades establecen ciertas limitaciones
sobre la copia o reproducción de títulos emitidos
por empresas privadas (acciones, letras de cam-
bio, cheques, certifi cados de regalo, etc.), bonos
de transporte o billetes, excepto cuando se nece-
sita un mínimo de copias para el uso profesional
de una empresa. Tampoco se pueden copiar ni
reproducir pasaportes emitidos por el gobierno,
ni licencias emitidas por organismos públicos o
grupos privados, ni carnés de identidad, pases o
cheques de restaurante.
• Cumplimiento del copyright
La copia o reproducción de trabajos creativos
protegidos por copyright, como libros, m��sica,
pinturas, grabados, mapas, dibujos, películas y
fotografías, está regulada por leyes de copyrig-
ht nacionales e internacionales. No utilice este
producto para hacer copiar ilegales o infringir las
leyes de copyright.