M e n s a j e s m ó v i l e s
5. Mensajes móviles
Si se ha suscrito a un servicio de red de mensajes, podrá enviar y
recibir mensajes a teléfonos compatibles que también estén suscritos a un servicio de mensajes. Puede también enviar y recibir mensajes multimedia y de e- mail. Las funciones de mensajería son servicios de red.
Importante: Tenga precaución al abrir mensajes. Los mensajes pueden contener software perjudicial o bien estropear su dispositivo o PC.
Nota: Al enviar mensajes, su dispositivo muestra Enviando mensaje. Esto significa que el mensaje ha sido enviado por su dispositivo al número del centro de mensajes programado en él. Para mensajes que fallan, la red creará un mensaje de error nuevo, para explicar la razón por la cual no se entregó el mensaje. Comuníquese a Verizon para obtener más detalles acerca de los servicios de mensajería.
■Mensajería TXT
Al componer mensajes TXT o realzados (EMS), la cantidad de caracteres usados (máximo de 160 por mensaje) aparece en la esquina superior derecha de la pantalla de mensajes. Los segmentos son creados cuando la longitud del mensaje excede los 160 caracteres. La cantidad de segmentos usados (de un máximo de 7) aparece en la esquina superior izquierda de la pantalla de mensajes. No se puede ingresar más texto cuando todos los segmentos y caracteres han sido usados. Los segmentos son entregados como mensajes por separado.
El uso de caracteres especiales puede utilizar más espacio que los caracteres normales.
Las direcciones de
Para obtener más información sobre el ingreso de texto en mensajes, consulte "Ingreso de texto," p. 80.
■Mensajería PIX and FLIX
Los mensajes PIX and FLIX son mensajes multimedia (MMS) que pueden contener texto, sonido, una foto y un videoclip. Su dispositivo admite mensajes PIX de hasta 300 KB y mensajes FLIX de hasta 200 KB. Si se excede el tamaño máximo, su dispositivo no podrá recibir el mensaje. Dependiendo de la red, puede recibir un mensaje que incluye una dirección de Internet a la cual podrá ir para ver los mensajes PIX and FLIX.
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